MEDIACIÓN

Es un procedimiento de resolución de conflictos para evitar la vía judicial por el cual las partes pueden alcanzar acuerdos totales o parciales, o simplemente no alcanzar ninguno, por medio de un mediador neutral, mediante el diálogo y técnicas de mediación.

Supone también un proceso más ágil, rápido y menos costoso a las controversias surgidas en los diferentes ámbitos de la sociedad, los acuerdos alcanzados se deben de elevar a escritura pública o presentarse en el juzgado para su homologación y ser considerado como cosa juzgada y obligado cumplimiento.

Es totalmente voluntario, ninguna de las partes puede ser obligada a acudir a un proceso de mediación, salvo excepción de que el Juez les proponga acudir a una sesión informativa que en tal caso serian las propios implicados los que libremente puedan acudir al mediador que deseen.

Se puede iniciar la mediación y abandonarla cuando una o varias partes lo deseen, sin obligación de llegar a un acuerdo.

Es confidencial, ya que el mediador si se diera el caso no puede ser llamado a declarar ante un Juez para testificar sobre lo hablado en las sesiones de mediación, salvo excepciones, ni dará información de lo hablado en las sesiones individuales a la otra parte.

El mediador no propone ni impone soluciones, son las partes mediante el diálogo y dependiendo de sus necesidades las que deben encontrar un acuerdo que satisfaga a ambos.

La mediación puede ser extra o intrajudicial, es decir se puede acudir antes de iniciar un proceso judicial o si ya se esta en la vía judicial ésta se puede interrumpir para acudir a mediación e intentar llegar a un acuerdo.

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