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¿Por qué nos cuesta tanto acudir a Mediación?

La mediación sigue siendo una gran desconocida aún en mi entorno de familiares y amigos, incluso sabiendo que me dedico a ello en parte, siguen preguntándome ¿Y para que sirve la mediación? o ¿En que consiste la mediación? Pero la gran mayoría de las personas no terminan de entender que pueda existir otro medio de solución de conflictos o controversias que no sea la de acudir a la vía judicial, quizás por miedo a lo desconocido, en otros casos porque no llegan a comprender qué es la mediación realmente e incluso por qué lo imaginan como una especie de terapia.

Si bien es cierto que no es ninguna terapia sí que se pueden conseguir reestablecer relaciones deterioradas o perdidas.

Siendo relativamente nueva o desconocida sí que lleva aplicándose bastante tiempo y con buenos y duraderos resultados.

Y aunque en cierto modo puede resultar difícil de comprender, sí es una opción legal, legítima y más rápida, ágil y económica que la vía judicial, a la que por defecto se tiende a acudir sin contemplar más opciones.

A continuación, y de modo práctico y con ejemplos trataré de dar respuesta a todas esas dudas que a las personas se les presenta a la hora de acudir a mediación:

A Crimimed Granada suelen acudir personas para solicitar información sobre la mediación, y una de las cuestiones que más dudas les surge, sobre todo a la otra parte cuando contactamos con ellos para acudir a mediación es ¿yo por qué voy a pagar por algo que desconozco cuando sé que llevo la razón y que en un juicio me la van a dar?

Si estas personas se parasen a pensar y reflexionar que:

1º Aunque creamos que llevamos la razón y nos la van a dar, es poco probable que aun ganando un juicio nos den toda la razón y ni acercarse en otros casos a lo que se solicita.

2º Por ejemplo, un divorcio en vía convencional o judicial, el coste medio si se consigue un acuerdo amistoso ronda entre los 750 – 1200 euros por parte, si se acude a sede judicial entre los 1500 – 2500 euros por parte, además del coste emocional y del tiempo tanto de las partes como de los menores si los hubiera. En mediación el coste medio suele rondar los 600 – 700 euros por parte.

3º En vía judicial las citaciones dependen de terceros y a las que estás obligado a acudir. En mediación las citas las eligen las partes y aunque deben de acudir, siempre es más flexible para casos de contratiempos surgidos.

En definitiva, la Mediación es un procedimiento completamente legal donde se promueve la escucha activa y la empatía y donde las partes son los verdaderos protagonistas durante todo el proceso.

También podéis leer algunas de nuestras entradas sobre ventajas y beneficios de la mediación frente a un juicio en los siguientes enlaces https://crimimed.es/ventajas-de-la-mediacion-frente-a-un-juicio/ o https://crimimed.es/la-mediacion-como-opcion-ventajas-y-beneficios/

Os dejo el enlace de nuestras preguntas frecuentes para acabar de disipar todas vuestras dudas https://crimimed.es/faq/

Ventajas de la Mediación Frente a un Juicio

En esta nueva entrada le vamos a dedicar unos minutos a valorar las ventajas y beneficios que la mediación puede proporcionarnos y comentar algunas de las diferencias más evidentes frente a un juicio.

Por lo general cuando tenemos una controversia, problema o desavenencia creemos que el único medio para solucionarlo es la vía judicial con las demoras, dilaciones en el tiempo y costes emocionales y económicos elevados, pero la mediación es un medio alternativo legal, ágil, rápido y con menor coste emocional y económico, y con plena validez en los acuerdos.

Comencemos a desgranar todo su potencial.

Más ágil y rápido:

Empezaremos por unas de las ventajas que en Crimimed Mediación Granada nos gusta comentar en las sesiones informativas, y es el tiempo, en mediación tu serás el que decida los plazos y las citaciones, de media unas 3 o 4 semanas para alcanzar acuerdos, en un juicio las citaciones por norma general se dilatan bastante en el tiempo, sin contar con los plazos de dictar sentencia y su posterior ejecución, que en total de media suelen estar entre 18 y 24 meses.

Las decisiones:

En mediación los acuerdos alcanzados son fruto del diálogo, de la empatía y de un proceso más humano, a través de un tercero neutral y obtenidos siendo protagonistas las partes, donde ambos se benefician y con acuerdos que tendrán plena validez legal; en un juicio deberás resignarte o acatar las decisiones de un tercero que por lo general no contenta a ninguna de las partes.

Menor coste emocional y económico:

El desgaste emocional que en multitud de ocasiones genera un juicio bien por las demoras, tener que recordar momentos pasados, los años pasan y el proceso judicial nunca termina, te sientes que estas en un segundo plano cuando deberías ser el protagonista…..; los mediadores de Crimimed Granada empoderamos y legitimamos a las partes para que se sientan reconocidas y protagonistas de sus propios acuerdos, sin demoras y con la posibilidad de abandonar la mediación cuando así lo deseen.

En cuanto al plano económico la mediación tiene un coste muy inferior respecto a un proceso judicial, en torno a un 70% más barato.

Concluyendo:

En mediación el camino a las soluciones lo vas haciendo tú, en la vía judicial el camino quizás te lo hagan otros.

La mediación también puede servir para transformar relaciones deterioradas a través de diferentes modelos y métodos.

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Modelo Circular Narrativo en Mediación

El modelo circular narrativo de Sara Cobb tiene relación con los dos modelos mencionados en otras entradas del blog, por una lado busca lograr un acuerdo final satisfactorio para todas las partes, como el modelo lineal, y por otro busca transformar las relaciones entre las partes, como el modelo transformativo.

En ocasiones se crean conflictos o malos entendidos a raíz de una mala interpretación o comunicación de las partes.

Con el modelo circular narrativo los mediadores ayudan a intentan crear historias alternativas a las que las partes traen a mediación.

La historia alternativa será más compleja de construir si alguna de las partes presenta su interpretación de forma cerrada y como única verdad.

La nueva historia se creará en base a las narrativas ya construidas por las partes, sin que puedan creer que esta nueva historia tiene más verdad que las suyas.

En todo caso las partes deben sentirse legitimadas, creando una historia positiva, y al modificar el relato que las partes puedan ver el conflicto desde otra perspectiva, fomentando la empatía.

En resumen, este modelo fomenta la creación de nuevas historias a partir de las narrativas que las partes nos relatan en mediación, y a partir de aquí que puedan ver el conflicto desde un punto de vista diferente, y como resultado final encontrar un acuerdo mutuamente satisfactorio para ambos.

El Modelo Tradicional Lineal o de Harvard en Mediación

A diferencia del modelo transformativo comentado en la anterior entrada de nuestro blog, el cual busca restablecer las relaciones entre las partes como uno de los objetivos principales, el modelo tradicional lineal o de Harvard en mediación tiene como objetivo principal encontrar acuerdos que satisfagan a ambas partes.

No busca trabajar las relaciones humanas, sino que intenta modificar las prioridades de cada una de las partes buscando los intereses y necesidades con la única intención de llegar a acuerdos donde todos ganen.

Por estos motivos, el modelo tradicional es usado principalmente en situaciones de desacuerdos empresariales, donde existen diferencias concretas y se busca una solución rápida.

Al igual que los distintos modelos existentes para llevar a cabo una mediación, este modelo sigue una estructura concreta o lineal, como su propio nombre indica, pero en la práctica puede igualmente ser modelable a las circunstancias y momento en el que se encuentre la mediación.

Por tanto desde nuestro punto de vista este modelo no es aconsejable seguirlo cuando se encuentren latentes situaciones de alta tensión o conflictividad, sino, para casos donde las partes tras determinados desacuerdos solo buscan una solución rápida .

En resumen, existen distintos modelos en mediación que son usados dependiendo del tipo de conflicto y las emociones, al igual, estos modelos podemos alternarlos en las diferentes fases del proceso de mediación, pero este modelo al que nos referimos en esta entrada es usado para casos concretos, con discrepancias concretas, buscando acuerdos rápidos y sin centrarse tanto en mejorar las relaciones.

Uso del Modelo Transformativo en Mediación

En esta nueva entrada vamos a comentar en que consiste el modelo transformativo de Bush y Folger en mediación y su finalidad y, como en anteriores entradas, hablaremos desde nuestro punto de vista en cuanto su uso, sin alejarnos de cuál es su función principal.

La mediación puede ir más allá de las posibles búsquedas de acuerdos finales. Nosotros cuando usamos o iniciamos este modelo en un proceso de mediación, es debido a que en muchas ocasiones observamos que en los relatos de las partes existe un distanciamiento; distanciamiento que en ocasiones se debe a cosas banales o por interpretaciones erróneas, las cuales pueden ser solucionadas mediante la escucha activa y la empatía.

De aquí que la finalidad principal de este modelo no sea el de encontrar un acuerdo, sino, entre otros, restablecer las relaciones entre las partes, y que esos posibles acuerdos que puedan ir llegando, totales o parciales, sean a partir de una base de ayuda mutua entre las partes para solventar las diferencias en el conflicto.

Al igual que otros modelos que se usan en mediación, el modelo transformativo también sigue una estructura determinada, pero, eso no implica que su estructura no pueda ser a la vez flexible, incluso se pueden ir alternando con otros modelos o ser usados a la vez, por ejemplo, con el modelo lineal de Harvard o el modelo circular narrativo, entre otros, dependiendo del momento y de la situación en el que se encuentre el proceso de mediación.

Una de los objetivos que intentamos obtener con este modelo es el de modificar las relaciones entre las partes que forman parte del proceso de mediación. Esto se conseguirá con el uso de sesiones conjuntas o individuales, y como sus propios autores indican (Bush y Folger, 1996) «mediante la revalorización y el reconocimiento a las partes».

En las sesiones conjuntas trataremos que los protagonistas, las partes, se sientan empoderadas, y buscaremos trabajar las relaciones humanas mediante distintos recursos como son la escucha activa tanto por parte del mediador como de las partes, y la empatía para intentar lograr ponerse uno en la situación del otro.

Intentamos hacerles conscientes de cuáles son realmente sus intereses para conseguir modificar los iniciales, haciendo que las propias partes lleguen a valorar tanto sus propias necesidades como las de los otros.

En resumen, el modelo transformativo busca como su propio nombre indica transformar las relaciones humanas entre las partes en conflicto, y a partir de ahí, dar con la solución más adecuada a las controversias surgidas donde todos ganen y los acuerdos sean más duraderos en el tiempo.